SGR convoca a bomberos a discutir tema recaudación de tributos

La Secretaría General de Riesgos (SGR) ha convocado a los cuerpos de bomberos del Ecuador a una reunión conjunta en Guayaquil, el próximo 21 de enero, para tratar de esclarecer la disposición oficial de que la recaudación de los tributos ciudadanos para las entidades contra incendio no se haga con la misma factura del servicio eléctrico.

La SGR es el ente rector del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos (SNDGR) y su convocatoria a la reunión con los bomberos la hace conforme a los artículos 389 y 390 de la Constitución y los artículos 3 y 11 de la Ley de Seguridad Pública y su respectivo Reglamento.

 

En su boletín de prensa, la SGR anticipa que en la reunión se abordarán temas como el correcto mecanismo de recaudación, que aún se encuentra vigente; recalcar que los cuerpos de bomberos no se quedarán sin fuentes de financiamiento; y que la SGR velará porque sean atendidos debidamente por los gobiernos autónomos descentralizados municipales, para lo cual se ha diseñado la ruta de acción respectiva a fin de que se cumpla con lo establecido en el artículo 140 del Cootad (Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización):

 

“(…) Los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios, de conformidad con la Constitución, corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, para tal efecto, los cuerpos de bomberos del país serán considerados como entidades adscritas a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, quienes funcionarán con autonomía administrativa y financiera, presupuestaria y operativa, observando la ley especial y normativas vigentes a las que estarán sujetos.”

 

CONVENIOS CON EMPRESAS ELÉCTRICAS PARA RECAUDACIÓN

 

La CNEL (Corporación Nacional de Electricidad) explicará, el mismo 21 de enero, la cobertura del convenio de Recaudación de Valores, el mismo que tendrá vigencia de un año, e informará qué cuerpos de bomberos han firmado el mismo y cómo hacerlo, a fin de que se proceda a su inmediata ejecución.

 

PARTICIPACIÓN DE LA AME

 

La SGR convocará también a la Asociación de Municipalidades del Ecuador (AME) para que conforme una comisión que se encargue de velar y ejecutar de manera inmediata lo dispuesto en el artículo 264 numeral 13 de la Constitución de la República:

 

“Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley:  13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de

incendios.”

 

Y también que se ejecute lo dispuesto por la Resolución No.0010-CNC-015, en su artículo 15, capítulo tercero (RECURSOS): “Los GAD fijarán para la prestación del servicio público de bomberos las tasas y contribuciones especiales de mejoras”, sin perjuicio de que además de existir dispone la resolución: “proyectos de interés conjunto, de mutuo acuerdo, el gobierno central y los gobiernos autónomos descentralizados podrán coordinar acciones para contribuir al financiamiento de bienes y servicios relacionados con esta competencia.”

 

FUENTE:

Boletín informativo de la Dirección de Comunicación Social de la SGR matriz (Samborondón, Guayas), reenviado desde la oficina de Portoviejo por la periodista Nancy Solórzano Moreira.- MANTA, 13 de enero de 2015.


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